Audiencias de Fianza – Fianza, Audiencias de Fianza y Reducciones de Fianza

Fianza, Audiencias de Fianza &Reducciones de Fianza

Si una persona es arrestada por una orden de arresto, la fianza normalmente ya está fijada y el juez de la primera comparecencia normalmente no la cambiará. Si una persona es arrestada en base a una causa probable, el juez fijará una fianza en la primera comparecencia. Después de la primera comparecencia, una persona puede presentar una moción para la reducción de la fianza y hacer que se escuche ante el juez que finalmente se encargará del caso.

Audiencias de fianza – En teoría

Todo el mundo tiene derecho a la libertad previa al juicio en condiciones razonables, a menos que ninguna condición de libertad pueda proteger razonablemente a la comunidad del riesgo de daño físico a las personas, asegurar la presencia del acusado en el juicio, o asegurar la integridad del proceso judicial.

Además, cuando la prueba es evidente y la presunción es grande, y la persona está acusada de un delito capital o de un delito castigado con la vida, la persona no tiene derecho a una fianza.

Factores que debe considerar el juez:

  1. Naturaleza y circunstancias del delito y la pena,
  2. Peso de las pruebas en su contra,
  3. Vínculos familiares,
  4. Longitud de residencia en la comunidad,
  5. Historia laboral,
  6. Recursos financieros,
  7. Condición mental,
  8. Conducta pasada y presente,
  9. Naturaleza y probabilidad del peligro que su liberación supone para la comunidad,
  10. Fuente de los fondos utilizados para pagar la fianza,
  11. Si ya está en libertad pendiente de otro asunto penal o si está en libertad condicional, bajo palabra u otro tipo de libertad,
  12. cualquier otro factor relevante.

Las audiencias de fianza – En la práctica

Todos sabemos que hay formas en las que se supone que las cosas funcionan y formas en las que realmente funcionan. En la práctica, las audiencias de fianza, especialmente en la primera comparecencia, son procedimientos muy rápidos en los que el juez normalmente ya tiene una idea bastante buena de cuánto será la fianza dentro de un rango para un delito penal específico. Es importante que su abogado le saque a usted y a su caso de la cinta transportadora y le explique al juez cómo usted o su situación es diferente a la de otros en situación similar.

Se ha fijado mi fianza. ¿Puedo presentar una moción para reducir mi fianza?

Una fianza puede ser modificada por un juez de jurisdicción superior, el juez inicial que fijó la fianza, el Juez Principal, el juez asignado para presidir el juicio, o el juez de primera comparecencia que está autorizado por el juez que inicialmente fijó la fianza. Normalmente, sólo el juez que finalmente preside su caso modificará la fianza en virtud de una Moción para reducir la fianza.

¿Cuándo puedo tener mi audiencia de fianza?

Después de la primera comparecencia, puede presentar una moción para reducir la fianza con su juez de primera instancia. La audiencia debe ser «rápida». La defensa debe avisar a la fiscalía con al menos 3 horas de antelación antes de que se escuche la moción de reducción de fianza. Como cuestión práctica, podrían pasar días o incluso más tiempo antes de que el tribunal tenga tiempo en su calendario para escuchar la moción de fianza.

¿Qué sucede si violo las condiciones de mi fianza?

El Tribunal puede revocar su fianza a discreción del tribunal por «buena causa». El Tribunal puede hacer que lo arresten por violar una condición de la fianza, por un problema con el fiador o si el Tribunal considera que la fianza debe ser aumentada.

Comentarios de los clientes

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